Acuerdo tablas 2023 Sin título
salario
Acta de la comisión negociadora de 21 de marzo de 2023. Conforme al artículo 33.2 del convenio, y habiendo sido el IPC a 31-12-2022 del 5,70 % —superior al 4,50 %—, las tablas salariales de 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2023, resultan de incrementar las de 2022 en el 3,50 %, salvo en los niveles 8 y 9, cuyas subidas son del 4,76 % y del 5,53 % respectivamente. Excepcionalmente y solo para 2023, en contra del artículo 34 bis, las partes acuerdan que la suma de la tabla del nivel y del plus de convenio del artículo 38 no pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional anual fijado por el Real Decreto 99/2023. Las empresas disponen de treinta y dos días desde la publicación en el BOE para regularizar y abonar las diferencias.